Obligaciones del propietario
La normativa vigente establece que es el propietario del ascensor el responsable de su perfecto estado y correcta utilización con las debidas garantías de seguridad (Art. 13 del Reglamento de Aparatos de Elevación, Real Decreto 2291/1985).
Para conseguir lo anterior, los propietarios tienen que cumplir las siguientes obligaciones:
- Contratar el mantenimiento y revisiones con empresa autorizada en la provincia donde se encuentra en ascensor.
- Contratar las Inspecciones Generales Periódicas en el plazo establecido.
- Disponer, como mínimo, de una persona encargada del aparato.
- Impedir el funcionamiento cuando no se cumplen las debidas condiciones de seguridad.
- En caso de accidente, informar a la Delegación de Industria, a la empresa de mantenimiento y no reanudar el servicio hasta que lo autorice Industria.
- Facilitar a la empresa de mantenimiento la realización de las revisiones y comprobaciones a las que estáobligada.