Con la frecuencia debida, de acuerdo con el uso del edificio y el número de viviendas, IMEM envía escritos a sus clientes recordándoles la necesidad de contratar con entidades autorizadas la Inspección General Periódica en el plazo correspondiente. El escrito se acompaña con una relación de las entidades, para libre elección por el Cliente.
En los siguientes enlaces encontrará las entidades autorizadas en cada provincia, con sus teléfonos de contacto:
Como peculiaridad, en Vizcaya el cliente tiene un plazo de 15 días para contratar. Transcurrido ese plazo, si no se contrata, es la empresa conservadora la que designa la entidad para hacer la Inspección.
Una vez realizada la inspección, la entidad emite un acta con el resultado de la misma, remitiendo copias al propietario, a Industria y a la empresa de mantenimiento. Cuando hay puntos que corregir, o adaptar a nuevas normativas, se indican los plazos para su subsanación.
Las Inspecciones Generales Periódicas y la subsanación de las indicaciones que se reflejan en las actas correspondientes son obligatorias, por lo que la no realización de las mismas puede conllevar sanciones y/o la paralización del ascensor.
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